Los portales de venta de objetos de segunda mano, han comenzado a enviar a sus usuarios notificaciones de haber comunicado a Hacienda el importe de sus ventas, según les obliga la normativa vigente.
Esto, en el tema de la numismática y la notafilia, hace que se presenten muchas dudas a coleccionistas que suelen comprar, vender o intercambiar piezas, y que hayan pasado de un determinado volumen de operaciones.
En concreto sería muy interesante aclarar por parte de alguna opinión experta, qué hacer en los siguientes casos:
1) Piezas que se han vendido y que han estado en su poder durante un largo periodo de años, de las que no existen facturas.
2) Piezas vendidas que proceden de intercambios con otros coleccionistas.
3) Piezas vendidas que se han adquirido en mercadillos o proceden de regalos de amigos.
4) Lotes adquiridos de los que se han vendido solo una parte de las piezas.
Supongamos que alguien haya hecho 45 operaciones de venta por un importe de 1800 euros.
¿Cómo habría de proceder en el caso de que las piezas vendidas procedan de uno, varios, o todos los puntos anteriores?
Sin duda que una información correcta servirá de ayuda a todos los que se encuentran en esta tesitura